Somos abogados de inmigración y movilidad internacional con amplia experiencia asesorando a empresas y particulares entre Estados Unidos y Europa.
Mercado & Rengel brinda asistencia de inmigración y reubicación a clientes corporativos. Comenzamos con una consulta integral durante la cual un abogado experimentado revisará sus objetivos de inmigración y analizará su elegibilidad para cualquiera de los diversos programas disponibles bajo la ley de inmigración de los EE. UU. Nuestra firma ha estado practicando la ley de inmigración durante más de 20 años y nuestros clientes de inmigración incluyen individuos, pequeñas empresas, corporaciones multinacionales y otras entidades comerciales y no gubernamentales que emplean a ciudadanos extranjeros de manera temporal y permanente en los Estados Unidos. Mercado & Rengel también brinda reubicación y otro tipo de apoyo legal después de que la persona esté en los EE. UU. en un esfuerzo por facilitar la transición.
Hay varias categorías de visas disponibles para inversores y otros fines relacionados con los negocios. Independientemente del tamaño de su negocio, podemos guiarlo con éxito a través de las complejidades de la ley de inmigración de los EE.UU. Nuestros abogados de inmigración no solo preparan sus formularios de inmigración, sino que también ayudan en la preparación de todos los documentos de respaldo que se requieren para que no haya errores u omisiones que puedan retrasar su solicitud o, peor aún, resultar en una denegación. Ya sea que necesite iniciar nuevas operaciones o enviar ejecutivos o empleados a un negocio existente en los EE.UU., podemos ayudarlo con cada paso del proceso de inmigración– somos sus abogados americanos en España.
Evaluamos sus circunstancias específicas y sus objetivos y lo ayudamos a elegir la visa que mejor se adapte a sus necesidades:
Hay numerosas visas de EE. UU. (para ver todas las visas visite el sitio del Departamento de Estado) disponibles para reubicación en los Estados Unidos bajo las leyes de inmigración actuales, algunas de las más comunes se describen a continuación y se explican con más detalle en este sitio.
Las visas de no inmigrante están disponibles para visitas temporales a los EE. UU. por turismo, estudio o trabajo, estas se encuentran dentro de la categoría B: una visa de conferencia/negocios B-1 o una visa médica/de turismo B-2. Sin embargo, si desea ingresar al país por un período más largo para trabajar y vivir en los EE. UU., es posible que deba solicitar una visa L (transferencia ejecutiva) o una visa H1-B (empleo).
Aquellos que deseen invertir en un negocio en los EE. UU. pueden obtener una visa E (visa E-1 o E-2 para inversores o comerciantes por tratado). Aquellos con habilidades «extraordinarias» o «excepcionales» en su campo pueden calificar para una visa a través de las categorías de visa EB-1 y EB-2. La visa EB-3, la visa EB-4 y la visa EB-5 también están diseñadas para permitir que las personas que califican soliciten la residencia permanente en los EE. UU. a través de oportunidades de empleo e inversión..
También podemos ayudar a las empresas que deseen llevar a cabo la reubicación empleados en empresas en los EE.UU. utilizando los visados L-1, E-2, H1 o otras.
También existen Visas O y P para artistas, escritores, intérpretes o deportistas. Además, los estudiantes pueden estudiar en los Estados Unidos con visas F1, M1, H3 o J-1. también hay Visas de inmigrantes (IR-1 or CR-1) para cónyuges de ciudadanos estadounidenses e hijos menores (menores de 21 años).
Finalmente, la Lotería de Visas de Diversidad anual, también conocida como Lotería de Tarjeta Verde, es un programa del gobierno de EE. UU. que pone a disposición 55,000 tarjetas de Residente Permanente a través de una lotería electrónica abierta a ciudadanos de países seleccionados. Para solicitar sin cargo la Lotería DV, visite el Departamento de Estado oficial de EE. UU. Website.
El proceso de inmigración de los Estados Unidos es notoriamente complicado y, a menudo, puede resultar difícil para aquellos que desean mudarse a los EE. UU. tener una idea de dónde o cómo comenzar el proceso. En Mercado & Rengel, tenemos la experiencia para ayudarlo a atravesar con éxito este complejo sistema. Trabajaremos con usted en cada paso del proceso, desde la selección de la visa, la solicitud de la visa, la aprobación y las entrevistas, y los servicios de reubicación..
Una vez en los EE UU., e incluso antes de su reubicación, nuestro equipo de reubicación puede ayudar a los expatriados a instalarse en su nuevo hogar. Tenemos la experiencia y el conocimiento de primera mano para ayudar a que la transición sea lo más fluida posible. Podemos ayudar con la búsqueda de viviendas, negociaciones de arrendamiento, búsqueda de escuelas y otros asuntos legales inesperados..
La visa B es la categoría genérica utilizada para ciudadanos extranjeros que buscan ingresar por un período temporal para visitar los Estados Unidos. Individuos de ciertos países, incluyendo España y la mayoría de U.E. países, son elegibles para ingresar a los EE. UU. bajo el programa Visa Waiver deben presentar una solicitud con Seguridad Nacional a través del sitio web del ESTA, haciendo así que no necesiten una visa para viajes ordinarios a corto plazo.
Los dos tipos de visas B son:
Visa B-1, emitida para aquellos que buscan ingresar con fines comerciales;
Visa B-2, emitida para aquellos que buscan ingresar por turismo u otros fines no comerciales.
En la práctica, las dos categorías de visa a menudo se combinan y se emiten como una «visa B-1/B-2», válida para una visita temporal por negocios o placer, o una combinación de ambas. Sin embargo, legalmente hablando, el B-1 y el B-2 se dividen en dos categorías distintas. Las actividades comerciales permitidas bajo el B-1 incluyen, pero no se limitan a, asistir a reuniones de negocios, seminarios, ferias comerciales, etc. Además, las regulaciones de la visa B-1 establecen varias subcategorías de actividades B-1 que están permitidas, que podemos explicarle con mayor detalle cuando se ponga en contacto con nosotros..
La razón más común por la que se le niega una visa es porque la Embajada de los Estados Unidos cree que planea permanecer en los Estados Unidos en lugar de regresar a su país de origen. Cuando solicita una visa B1/B2, le promete al gobierno de los EE.UU. salir de los Estados Unidos cuando expire su período de estadía, generalmente 6 meses. Si la Embajada de los EE.UU. piensa que usted no se irá cuando se le exige que lo haga, generalmente no le otorgarán una visa. Si tiene fuertes lazos financieros y familiares con su país, es más probable que le otorguen la visa. Otras razones comunes para la denegación son tener una petición de inmigración pendiente en su nombre, un arresto o condena penal, o un historial previo de incumplimiento de la ley de inmigración de los EE.UU., como haber sido deportado o haber excedido la visa..
Es importante que comprenda bien el proceso porque la denegación de una visa puede tener consecuencias adversas para futuros intentos de ingresar a los EE.UU. Llámenos para que le demos una explicación del visado B1 y B2 para ejecutivos y otros.
El visado L-1 es una categoría de visa de no inmigrante en los Estados Unidos que permite a empresas multinacionales transferir a ejecutivos, directivos y empleados con conocimientos especializados desde una entidad extranjera a una sucursal, filial o empresa afiliada en los Estados Unidos.
Esta categoría está diseñada para empresas que operan tanto en su país de origen —por ejemplo, España— como en los Estados Unidos, y que necesitan trasladar personal clave a su entidad estadounidense para fines de gestión, dirección o funciones especializadas.
El visado L-1 no está disponible para nuevas contrataciones. Su aplicación se limita estrictamente a situaciones de traslado intraempresarial, en las que el empleado ya ha trabajado previamente para la empresa extranjera y es reasignado a una entidad relacionada que opera en los Estados Unidos.
Son elegibles para el visado L-1 los empleados que estén siendo transferidos desde una subsidiaria, sucursal, empresa afiliada o matriz extranjera a una entidad relacionada en los Estados Unidos. El solicitante debe haber estado empleado por la empresa extranjera durante al menos un año continuo dentro de los tres años anteriores a la presentación de la solicitud, y desempeñar funciones ejecutivas o gerenciales (L-1A) o contar con conocimientos especializados (L-1B).
El visado L-1 puede concederse inicialmente por un período de hasta tres años y renovarse posteriormente hasta un máximo de siete años en el caso del visado L-1A y de cinco años en el caso del visado L-1B. En determinados supuestos, tras un período de estancia con estatus L-1, el beneficiario puede ser elegible para solicitar la residencia permanente en los Estados Unidos.
El cónyuge y los hijos solteros menores de 21 años del titular del visado L-1 pueden obtener estatus derivado L-2, que les permite residir y estudiar legalmente en los Estados Unidos. Además, el cónyuge puede solicitar autorización para trabajar en el país.
En Mercado & Rengel contamos con una amplia experiencia en la tramitación de visados L-1 y asesoramos a empresas y profesionales en todas las etapas del proceso, desde el análisis de elegibilidad hasta la presentación y seguimiento de la solicitud ante las autoridades correspondientes.
La categoría de Visa E fue diseñada para dar efecto a los tratados de comercio e inversión entre los EE. UU. y otros países para brindar beneficios comerciales recíprocos. La E-Visa permite a los inversionistas realizar una inversión sustancial en los EE.UU. (ver a continuación la definición de «sustancial» para fines de inversión); o dueños de negocios, gerentes y empleados de una empresa que realiza negocios para vivir y trabajar legalmente en los EE.UU.
¿Quien es elegible?
Solo los extranjeros que son ciudadanos de países que han celebrado un tratado de comercio e inversión con los EE. UU. son elegibles para visas electrónicas; consulte el sitio web del Departamento de Estado para ver la lista actual. Hay dos tipos distintos de visas, que se denominan Visas E1 y E2, se distinguen de la siguiente manera:
La categoría del visado E-1 permite a su titular desarrollar o participar en un comercio sustancial entre los Estados Unidos y su país de nacionalidad, incluyendo el comercio de bienes, servicios o tecnología.
Para calificar, la actividad comercial de la empresa debe ser principalmente internacional, lo que implica que al menos el 50 % del volumen del comercio se realice entre los Estados Unidos y el país del cual el solicitante es ciudadano. Asimismo, las operaciones comerciales deben encontrarse ya en funcionamiento y demostrar un nivel significativo de actividad.
En el contexto del visado E-1, el término “sustancial” se refiere a un intercambio continuo y regular de bienes o servicios entre los Estados Unidos y el país del tratado del solicitante, que implique numerosas transacciones comerciales iniciadas con anterioridad a la presentación de la solicitud.
El visado E-2 permite a ciudadanos de países con tratado obtener una visa de no inmigrante bajo distintos escenarios relacionados con la inversión y la gestión empresarial en los Estados Unidos, entre ellos:
1. Desarrollar y dirigir las operaciones de una empresa en la que el solicitante haya realizado una inversión sustancial.
2. Desarrollar y dirigir las operaciones de una empresa en la que el solicitante se encuentre activamente en proceso de realizar una inversión sustancial de capital.
3. Actuar como empleado de una empresa del inversionista del tratado, desempeñando funciones que requieran calificaciones especiales esenciales para las operaciones del negocio, siempre que el empleado tenga la misma nacionalidad que el inversionista o empleador principal.
El visado EB-1 es una categoría de visa de inmigrante de los Estados Unidos destinada a personas consideradas “trabajadores inmigrantes prioritarios”. Esta categoría está reservada para profesionales con habilidades y logros excepcionales en ámbitos como las artes, las ciencias, la educación, los negocios o el deporte.
La categoría EB-1 se divide en tres subcategorías:
1. EB-1(a): Personas con habilidades y logros extraordinarios en las artes, las ciencias, la educación, los negocios o el deporte, que no requieren una oferta de trabajo específica en los Estados Unidos.
2. EB-1(b): Profesores e investigadores sobresalientes que hayan ejercido su actividad durante al menos dos años y que cuenten con una oferta de empleo por parte de una institución académica o de investigación en los Estados Unidos.
3. EB-1(c): Ejecutivos y directivos de empresas multinacionales que hayan trabajado al menos un año en una entidad extranjera y sean transferidos a una empresa afiliada o filial en los Estados Unidos.
Los solicitantes de visados EB-1 deben demostrar un nivel elevado de reconocimiento en su campo profesional, así como que sus habilidades y logros aportan un beneficio sustancial a la economía, la cultura o el bienestar de los Estados Unidos.
Una vez aprobado, el visado EB-1 permite al solicitante y a su familia inmediata residir y trabajar de forma permanente en los Estados Unidos. Además, en determinados supuestos, esta categoría no exige una oferta de trabajo previa, lo que representa una ventaja significativa para profesionales que desean establecerse en el país de manera independiente.
La Lotería de la Tarjeta Verde, también conocida como el Programa de Diversidad de Visas de Inmigrante (Diversity Visa Program), es una iniciativa del gobierno de los Estados Unidos destinada a otorgar residencia permanente a ciudadanos de países con bajas tasas de inmigración hacia Estados Unidos.
Tradicionalmente, este programa se ha llevado a cabo anualmente y permite a ciudadanos de países elegibles participar en un sorteo aleatorio para optar a una visa de inmigrante. El proceso de solicitud es gratuito y se realiza en línea, dentro de los plazos que cada año anuncia el Departamento de Estado de los Estados Unidos.
No obstante, en la actualidad el Programa de Diversidad se encuentra suspendido y no está aceptando nuevas solicitudes. La información oficial y actualizada sobre el estado del programa puede consultarse directamente en el sitio web del Departamento de Estado de los Estados Unidos.
Cuando el programa está activo, para ser elegible un solicitante debe ser ciudadano de un país incluido en la lista anual de países elegibles y cumplir determinados requisitos de formación académica o experiencia laboral. Dicha lista es publicada cada año por el Departamento de Estado y puede variar de un año a otro.
En los años en que el programa ha estado vigente, los solicitantes seleccionados mediante sorteo aleatorio deben completar un proceso adicional de solicitud y cumplir con todos los requisitos legales, incluidos exámenes médicos y controles de seguridad. La selección en la lotería no garantiza automáticamente la concesión de la visa.
En conclusión, la Lotería de la Tarjeta Verde ha sido históricamente una vía de inmigración para ciudadanos de determinados países, pero su disponibilidad depende de decisiones gubernamentales y puede cambiar. Por ello, es fundamental consultar siempre fuentes oficiales y contar con asesoramiento legal actualizado antes de iniciar cualquier trámite.
Existen diversos tipos de visados de trabajo relacionados con el empleo en Estados Unidos. A continuación, se describen algunos de los más comunes:
1. Visa H-1B
Visa no inmigrante que permite a empleadores estadounidenses contratar a trabajadores extranjeros en ocupaciones especializadas que requieren, como mínimo, una licenciatura o título universitario equivalente.
2. Visa L-1
Visa no inmigrante que permite a empresas multinacionales transferir a ejecutivos, directivos o empleados con conocimientos especializados desde una entidad extranjera a una filial o sucursal en los Estados Unidos.
3. Visa E-2
También conocida como visado de inversor o visado de comerciante, la visa E-2 permite a ciudadanos de países con tratado ingresar y trabajar en Estados Unidos para desarrollar y dirigir las operaciones de una empresa en la que hayan realizado una inversión sustancial.
4. Visa O-1
Visa no inmigrante destinada a personas con habilidades y logros extraordinarios en áreas como las ciencias, las artes, la educación, los negocios o el deporte.
5. Visa TN
Visa no inmigrante que permite a ciudadanos de Canadá y México trabajar temporalmente en Estados Unidos en determinadas ocupaciones profesionales, en virtud del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC).
Cada tipo de visado tiene requisitos y procedimientos específicos, y la obtención de un visado de trabajo en Estados Unidos puede ser un proceso complejo. Si se encuentra en España, nuestro equipo puede asistirle directamente a través de nuestros abogados de inmigración en Madrid, ofreciéndole asesoramiento personali
Los visados EB-2 y EB-3 son categorías de visas de inmigrante en los Estados Unidos que permiten a trabajadores extranjeros residir y trabajar de forma permanente en el país mediante patrocinio laboral.
A continuación, se describen brevemente las principales características de cada categoría:
1. Visa EB-2
Esta categoría está destinada a trabajadores extranjeros con formación académica avanzada o con habilidades excepcionales en su campo profesional. Por lo general, requiere una oferta de empleo por parte de un empleador estadounidense y la obtención de una certificación laboral. En determinados supuestos, puede solicitarse una exención por interés nacional cuando se demuestra que el trabajo del solicitante beneficia sustancialmente a los Estados Unidos.
2. Visa EB-3
La visa EB-3 está dirigida a trabajadores cualificados, profesionales y, en ciertos casos, trabajadores no cualificados. Incluye ocupaciones que requieren al menos dos años de formación o experiencia, así como determinados puestos que requieren menos preparación formal. Esta categoría exige una oferta de empleo y una certificación laboral aprobada por las autoridades correspondientes.
La obtención de un visado de inmigrante EB-2 o EB-3 suele implicar un proceso largo y técnicamente complejo, con requisitos específicos y plazos variables. Además, el número de visas disponibles cada año es limitado y la demanda suele superar la oferta, lo que genera listas de espera y una competencia significativa entre los solicitantes.
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