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Operación Castillo: los siete capturados en Colombia y la acusación federal en Puerto Rico

Operación Castillo, extradición de Colombia al tribunal federal de Puerto Rico – Mercado & Rengel

Actualizado el 25 de octubre de 2026 por Alexandra Rengel e Ivan E. Mercado, Mercado & Rengel, LLP (Madrid, Brookline y Miami)

En pocas palabras: la Operación Castillo es una investigación conjunta de la DEA y de las autoridades colombianas que terminó, entre el 14 y el 21 de octubre de 2026, con siete personas capturadas en Colombia con fines de extradición. Las reclama el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito de Puerto Rico por presunto narcotráfico y lavado de activos. Se trata de Guillermo Carpio Cárdenas, Nizar Hachem Sawan, Andrés Mauricio Guarnizo Vaca, Danilo Andrés Hernández Junco, Jhon Jairo Torres Peláez, Juan Daniel Arenas Uribe y Alex Alberto Castillo Gómez. Ninguno ha sido condenado. Todos se presumen inocentes.

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La Operación Castillo es un buen ejemplo de cómo funciona hoy una investigación antidroga entre Colombia y Estados Unidos. Empieza con información de la DEA, se desarrolla durante años en territorio colombiano con unidades especiales de la Fiscalía y del Ejército, se apoya en entregas controladas de droga y de dinero y termina con una acusación ante un tribunal federal estadounidense, en este caso el de Puerto Rico. Las detenciones son solo el final visible de ese proceso. Para quien está detenido, y para su familia, es el principio.

Este artículo reúne lo que se ha publicado sobre el caso, con enlace a cada fuente, y explica paso a paso qué ocurre a partir de ahora en Colombia y en Puerto Rico. Donde las fuentes no coinciden, lo decimos. Donde no hay información pública, no especulamos.


Qué es la Operación Castillo

Según El Tiempo y La FM, la investigación comenzó el 17 de noviembre de 2021 a partir de información de la DEA. En ella participaron la Quinta División y la Brigada 13 del Ejército Nacional, el Gaula Militar de Cundinamarca y la Unidad de Investigaciones Sensibles (SIU) del CTI de la Fiscalía General de la Nación, que trabaja de forma habitual con la agencia antidroga estadounidense.

La estructura investigada habría operado desde Barranquilla, Bogotá, La Guajira y Yopal, con conexiones en Nueva York, Miami y Puerto Rico. De acuerdo con esas mismas fuentes, durante la investigación se documentaron entregas controladas y operaciones encubiertas por un valor aproximado de 676.838 dólares, y miembros de la red habrían entregado 87 paquetes de clorhidrato de cocaína. El dinero se habría movido mediante transferencias a terceros, consignaciones fraccionadas en cuentas de personas y empresas, principalmente en Bogotá y Barranquilla, y el uso de “tokens” para validar las entregas.

Las capturas se realizaron en Bogotá, Barranquilla, Maicao (La Guajira) y Cajicá (Cundinamarca). El Comando General de las Fuerzas Militares publicó su propio comunicado, sin nombres completos, en el que identifica a los detenidos por sus alias y señala que la organización habría coordinado envíos de cocaína hacia Puerto Rico y Centroamérica por rutas del Caribe colombiano. El presidente Abelardo de la Espriella se refirió al operativo en sus redes sociales, según recogió NTN24.

Las siete personas capturadas en Colombia en la Operación Castillo

Las siete personas reclamadas por el Tribunal de Distrito para el Distrito de Puerto Rico son las siguientes. Las funciones que se indican son las que les atribuyen las autoridades colombianas, según la información publicada por El Tiempo. Son alegaciones, no hechos probados.

  • Guillermo Carpio Cárdenas, alias “Guillo” o “Gallo”. Señalado como presunto cabecilla y coordinador del movimiento del dinero.
  • Nizar Hachem Sawan. Capturado en Cajicá. Se le atribuye haber gestionado reuniones y negocios relacionados con el dinero.
  • Alex Alberto Castillo Gómez. Se le atribuye un papel de intermediario en reuniones y transacciones financieras.
  • Jhon Jairo Torres Peláez. Se le atribuye haber facilitado contactos y coordinado entregas.
  • Danilo Andrés Hernández Junco. Se le atribuye la recepción y el transporte de dinero y la participación en entregas de droga.
  • Andrés Mauricio Guarnizo Vaca. Se le atribuye la recepción de dinero cuya entrega coordinaban otros.
  • Juan Daniel Arenas Uribe. Se le atribuye haber participado en negociaciones de droga y en la recepción de dinero.

Las cifras no coinciden del todo entre fuentes. Las autoridades colombianas hablan de siete capturas. La DEA, según El Nuevo Día, informó de seis detenciones el 21 de octubre y precisó que Juan Daniel Arenas Uribe había sido arrestado antes, el 14 de octubre. Las dos versiones son compatibles.

Importante: una acusación es solo una acusación. Todas las personas mencionadas en este artículo se presumen inocentes mientras no se demuestre su culpabilidad ante un tribunal.

Operación Castillo en Estados Unidos: una acusación en Puerto Rico y un caso que viene de 2025

La pieza que más ayuda a entender el caso la publicó El Nuevo Día el 21 de octubre. Según la DEA, los detenidos están acusados en un pliego acusatorio separado, emitido por un gran jurado federal en Puerto Rico el pasado 23 de abril, por conspiración para importar cocaína y lavado de dinero. Ese mismo pliego incluye a una octava persona, Steven Fernández Castañeda, arrestada en Florida.

Según el mismo diario, la DEA vinculó estas detenciones con el operativo que realizó en Puerto Rico en octubre de 2025 bajo el nombre de “Tesoro Enterrado”. Aquel operativo, ejecutado el 9 de octubre de 2025 en nueve municipios de la isla, se dirigió contra una organización de narcotráfico y lavado de dinero investigada desde 2021, con 18 órdenes de arresto. La DEA informó entonces de la incautación, a lo largo de la investigación, de más de 8 millones de dólares en efectivo y bienes, unos 100 kilos de cocaína, armas de fuego y más de 20.000 pastillas con fentanilo (Primera Hora, Univision Puerto Rico, EFE). Las autoridades no hicieron públicos los nombres de aquellos acusados.

La prensa colombiana, citando fuentes del Ejército, habla de 19 detenidos en territorio estadounidense, 17 de ellos en Puerto Rico, uno en Nueva York y otro en Miami (Semana). Con la información pública disponible no es posible confirmar si esos 19 son las mismas personas de “Tesoro Enterrado”. Lo que sí consta es que la DEA presenta el caso como ligado a la investigación de 2025, con un pliego acusatorio propio para estas ocho personas.

Al cierre de este artículo no hemos localizado un comunicado de la Fiscalía Federal para el Distrito de Puerto Rico ni un expediente público con número de caso. Es habitual que estas acusaciones permanezcan selladas hasta que se completan las detenciones o las extradiciones.

Un caso paralelo anunciado el mismo día

En el mismo anuncio, las autoridades colombianas informaron de la captura en Barranquilla de Nassim Orfale Vásquez, reclamado por el Tribunal de Distrito para el Distrito Sur de Nueva York. Según El Heraldo, la solicitud se basa en una investigación de la división de investigación criminal del IRS (IRS-CI), que le atribuye unos 42 millones de dólares en operaciones sospechosas con criptomonedas desde 2018. Es un procedimiento distinto, ante otro tribunal, y las fuentes no lo vinculan con la acusación de Puerto Rico. También se presume inocente.

Cómo se construye una investigación antidroga transnacional

Quien lee la noticia ve las capturas. Quien tiene que defender el caso tiene que reconstruir los cinco años anteriores. En casos como este, la investigación suele apoyarse en cuatro piezas.

1. Las unidades vetadas. La DEA no puede detener a nadie en Colombia. Trabaja con unidades colombianas seleccionadas y entrenadas para operar con ella, como la SIU del CTI. Son esas unidades las que obtienen las órdenes judiciales colombianas, ejecutan las interceptaciones y hacen las capturas. La prueba que llega al tribunal federal se genera, por tanto, en dos sistemas jurídicos distintos, y eso abre preguntas sobre su obtención y su cadena de custodia que la defensa debe examinar.

2. Las entregas controladas y los agentes encubiertos. En una entrega controlada las autoridades permiten que la droga o el dinero circulen bajo vigilancia para identificar quién lo entrega, quién lo recibe y por qué rutas. Las fuentes colombianas describen exactamente eso: 87 paquetes de cocaína entregados por miembros de la red durante la investigación y movimientos de dinero por unos 676.838 dólares, documentados mediante entregas controladas y operaciones encubiertas. Para el fiscal federal, cada entrega es un hecho concreto y documentado. Para la defensa, cada entrega plantea preguntas sobre quién la promovió, qué se grabó y qué papel tuvo cada acusado en ella.

3. El rastro del dinero. Transferencias a terceros, consignaciones fraccionadas (una técnica habitual para no superar los umbrales de reporte bancario) y “tokens”. En las investigaciones de lavado vinculadas al narcotráfico, el token suele ser una contraseña de entrega, con frecuencia el número de serie de un billete, que permite a quien recoge el dinero identificarse ante quien lo entrega. Las informaciones publicadas no detallan qué tipo de token se habría usado en este caso. Lo relevante es que estas operaciones dejan huella bancaria, y esa huella es la que convierte una investigación de drogas en una acusación por lavado de dinero (18 U.S.C. § 1956).

4. Los cooperantes. Una acusación con varios coacusados casi siempre tiene detrás a alguien que ya colabora con la fiscalía, y a menudo a varios. Las fuentes públicas no dicen si en este caso hay cooperantes, pero la defensa debe partir de esa posibilidad desde el primer día.

Por qué Puerto Rico, si los hechos ocurrieron en Colombia

Es la pregunta que más nos hacen las familias. La ley federal estadounidense permite perseguir a quien, desde el extranjero, conspira para introducir droga en Estados Unidos, aunque nunca haya pisado el país. Las figuras habituales son la conspiración para importar sustancias controladas (21 U.S.C. § 963) y la distribución con conocimiento de que la droga será importada a Estados Unidos (21 U.S.C. § 959). La conspiración de lavado de dinero se persigue con la misma lógica.

Puerto Rico es territorio estadounidense y su tribunal federal forma parte del sistema federal ordinario. Si la droga tenía como destino la isla, o si allí se recibía o se movía el dinero, la fiscalía de Puerto Rico puede asumir el caso. El tribunal de San Juan es, además, uno de los foros con más casos de narcotráfico internacional del país. Ya lo explicamos al tratar el caso de los cargos federales por tráfico de cocaína en el aeropuerto Luis Muñoz Marín.

Las penas dependen de lo que diga la acusación concreta. A modo de referencia, cuando se imputan cinco kilos o más de cocaína la ley prevé una pena mínima obligatoria de diez años y una máxima de cadena perpetua (21 U.S.C. § 960(b)(1)). El lavado de dinero puede castigarse con hasta veinte años por cada cargo. Sobre esas cifras se aplican las Sentencing Guidelines, y ahí es donde se negocia la mayor parte de los casos.

La extradición de los detenidos de la Operación Castillo: lo que ocurre ahora en Colombia

La extradición desde Colombia la regulan el artículo 35 de la Constitución, reformado en 1997, y el Código de Procedimiento Penal (Ley 906 de 2004). Hemos descrito el procedimiento general en nuestra guía sobre extradición a Estados Unidos. Aplicado a este caso, los pasos son los siguientes.

La captura. El Fiscal General ordena la captura a petición del Estado requirente (artículo 509). Según El Tiempo, las solicitudes estadounidenses constan en notas verbales fechadas el 2 de septiembre de 2026. Si la petición formal no se presenta dentro de los 60 días siguientes a la captura, la persona debe quedar en libertad, aunque puede ser detenida de nuevo cuando se formalice (artículo 511).

El concepto de la Corte Suprema. La Sala de Casación Penal examina la validez formal de la documentación, la identidad de la persona reclamada, la doble incriminación y la equivalencia de la acusación extranjera (artículo 502). No juzga la culpabilidad ni valora la prueba de la DEA. Si su concepto es desfavorable, el Gobierno no puede conceder la extradición. Si es favorable, el Gobierno decide con libertad (artículo 501).

La decisión del Gobierno. Con el concepto favorable, el Gobierno tiene quince días para dictar la resolución que concede o niega la extradición (artículo 503). Esa resolución incluye condiciones: que la persona no sea juzgada por hechos anteriores distintos de los que motivan la extradición, y que no se le imponga pena de muerte, prisión perpetua ni tratos crueles (artículo 494). Esas condiciones viajan con el detenido y limitan lo que la fiscalía federal puede hacer después.

Mercado & Rengel no ejerce en Colombia. El procedimiento colombiano lo lleva un abogado colombiano. Lo que sí hacemos es trabajar en paralelo el caso federal, que es donde se decide el resultado.

Lo que ocurre al llegar a Puerto Rico

Una vez entregada a las autoridades estadounidenses, la persona comparece sin demora ante un juez federal en San Juan (Regla 5 de Procedimiento Penal Federal). Se le informa de los cargos, se le asigna o confirma abogado y se plantea la cuestión de su detención. En casos de narcotráfico con penas máximas de diez años o más, la ley presume que ninguna condición garantiza la comparecencia del acusado ni la seguridad de la comunidad (18 U.S.C. § 3142(e)(3)). Esa presunción se puede rebatir, pero para alguien sin arraigo en Estados Unidos es difícil.

Después vienen la entrega de la prueba (discovery), que en un caso de cinco años de investigación puede incluir miles de horas de grabaciones y documentos bancarios de dos países, y la decisión central: negociar o ir a juicio. Esa decisión depende de la prueba concreta contra cada acusado, del cálculo de pena y de lo que ya hayan dicho los coacusados.

Qué puede hacer la familia desde ahora

El error más frecuente es esperar a que termine el trámite en Colombia para pensar en Estados Unidos. Cuando el Gobierno firma la resolución, la entrega puede producirse en pocos días, y para entonces el fiscal federal lleva meses trabajando. Mientras la persona sigue en Colombia se puede obtener la acusación cuando se levanta el sello, analizar la prueba previsible, estudiar el cálculo de pena y, en algunos casos, abrir contacto con la fiscalía.

Tampoco conviene que el detenido declare ante nadie sin abogado, ni que hable del caso por teléfono desde el centro de reclusión. Esas llamadas pueden ser grabadas y lo que se diga puede terminar en el expediente estadounidense.

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Con más de veinticinco años de práctica en tribunales federales de Estados Unidos, incluido el Distrito de Puerto Rico, analizamos la acusación, el estado del procedimiento de extradición y las opciones reales en el caso federal, en coordinación con el abogado local.

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Preguntas frecuentes

¿Qué es la Operación Castillo?

Es el nombre que las autoridades colombianas dieron a la investigación conjunta con la DEA que terminó en octubre de 2026 con siete personas capturadas en Colombia, reclamadas en extradición por el tribunal federal de Puerto Rico por presunto narcotráfico y lavado de activos. Según la DEA, el caso está vinculado a una investigación más amplia en Puerto Rico.

¿Por qué un tribunal de Puerto Rico puede juzgar a una persona que nunca salió de Colombia?

Porque la ley federal castiga la conspiración para introducir droga en Estados Unidos aunque los actos se hayan realizado en el extranjero. Si el destino de la droga o del dinero era Puerto Rico, la fiscalía federal de la isla puede presentar la acusación allí.

¿Cuánto tarda la extradición desde Colombia?

No hay un plazo fijo. El trámite ante la Corte Suprema y la decisión del Gobierno suelen medirse en meses y pueden alargarse si hay incidencias. Una vez firmada la resolución, la entrega puede ser muy rápida, por eso la defensa en Estados Unidos no debe esperar al final del trámite.

¿Puede la Corte Suprema de Colombia valorar si la persona es inocente?

No. Su examen se limita a la documentación, la identidad, la doble incriminación y la equivalencia de la acusación. La inocencia se discute en el tribunal federal de Puerto Rico.

¿Qué es una entrega controlada?

Una técnica por la que las autoridades dejan que la droga o el dinero circulen bajo vigilancia, a veces con agentes encubiertos, para identificar a los participantes y documentar cada paso. En la Operación Castillo, según las autoridades colombianas, se documentaron entregas por unos 676.838 dólares y 87 paquetes de cocaína.

¿Se puede contratar a un abogado en Estados Unidos mientras la persona sigue detenida en Colombia?

Sí, y es el momento en que más valor aporta. El abogado federal puede estudiar la acusación, preparar la vista de detención y, en determinados casos, iniciar conversaciones con la fiscalía antes de la entrega.

Fuentes

Aviso legal y presunción de inocencia

Todas las personas mencionadas en este artículo, incluidas Guillermo Carpio Cárdenas, Nizar Hachem Sawan, Andrés Mauricio Guarnizo Vaca, Danilo Andrés Hernández Junco, Jhon Jairo Torres Peláez, Juan Daniel Arenas Uribe, Alex Alberto Castillo Gómez, Steven Fernández Castañeda y Nassim Orfale Vásquez, se presumen inocentes. Una captura con fines de extradición, una solicitud de extradición o una acusación formal no son pruebas de culpabilidad. Los hechos descritos son alegaciones de las autoridades, recogidas en las fuentes públicas citadas, y solo un tribunal puede declarar a alguien culpable tras un proceso con todas las garantías.

Este artículo tiene fines exclusivamente informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Su lectura no crea una relación abogado-cliente con Mercado & Rengel, LLP, y la firma no tiene relación profesional con las personas mencionadas. Cada caso depende de sus hechos concretos y requiere una consulta individual. Los abogados de Mercado & Rengel no están habilitados para ejercer en Colombia; las referencias al derecho colombiano son meramente descriptivas y no sustituyen el consejo de un abogado colombiano.

La información está actualizada al 25 de octubre de 2026 y puede cambiar. Si detecta un error o representa a alguna de las personas mencionadas y desea aportar una aclaración, puede escribirnos a info@mercadorengel.com.

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